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El Ministeri d’Ordenament Territorial andorrano nos recuerda que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 4/2015, de 15 de enero, de los transportes por carretera, los vehículos de transporte público deben llevar la autorización de transporte andorrana.

En el caso concreto de España, esto es así de acuerdo con la citada ley y con la entrada en vigor del Acuerdo entre el Principado de Andorra y el Reino de España relativo al transporte internacional por carretera del 8 de enero de 2015. Esta autorización, en el caso español, se obtiene en el Ministerio de Fomento. Pueden encontrar la información al respecto siguiendo este enlace a la web del Ministerio.

Están exentos de llevar esta autorización los transportes siguientes:
a) transporte postal;
b) transporte de vehículos accidentales o averiados;
c) transporte de basuras y otros residuos;
d) transporte de cadáveres de animales para desollar;
e) transporte de abejas y alevines;
f) transportes funerarios;
g) transporte de mercancías realizado con vehículos de motor la masa máxima autorizada, incluida la de los remolques, no sea superior a 3,5 toneladas;
h) transporte de artículos necesarios para la asistencia médica en el caso de ayuda de emergencia, especialmente en casos de catástrofes naturales;
e) transporte de objetos de valor realizado mediante vehículos especiales escoltados por la policía o por otra fuerza de seguridad;
j) transporte de objetos obras de arte para ferias y exposiciones;
k) transporte de objetos y material destinados a la información y publicidad;
l) transporte de accesorios y animales destinados a actuaciones musicales, obras de teatro y cinematográficas, espectáculos de circo o deportivos o ferias, así como los artículos destinados a su emisión, grabación o rodaje de películas o programas de televisión;
m) transporte discrecional de mercancías con deslaves u origen en aeropuertos, en el caso de que el servicio se haya desviado;
n) transporte de piezas de recambio y de productos destinados al avituallamiento de buques y aviones;
o) transportes de mercancías por cuenta propia;
p) transporte de animales vivos en vehículos construidos especialmente o adaptados permanentemente para asegurar el transporte de animales vivos siempre que estos vehículos hayan sido admitidos como tales por las autoridades competentes de las Partes Contratantes;
q) transporte de mudanzas.

Como información adicional, indicar que las autorizaciones de transporte son entregadas por la autoridad competente del país de matriculación del vehículo, y que SE PODRA EXIGIR AL TRANSPORTISTA DICHA AUTORIZACION.

El hecho de no disponer de la autorización necesaria de transporte conlleva una infracción MUY GRAVE (art. 99 de la Ley 4/2015, de 15 de enero, de los transportes por carretera) CON UNA SANCION ENTRE 4.001€ y 12.000€ (art. 100 de la Ley 4/2015, de 15 de enero, de los transportes por carretera).

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